jueves, 23 de octubre de 2008

Bell Ville: Las autoridades de tránsito serán más rigurosas con los motociclistas

El Concejo Deliberante de Bell Ville, sancionó una ordenanza tendiente a regularizar el uso de ciclomotores en el ámbito de la urbe.
En tal sentido, se estableció que todo conductor de motocicletas tendrá la obligación inexcusable de usar casco reglamentario normalizado y demás elementos de protección que exija la legislación vigente mientras la unidad se encuentre circulando y en movimiento.
La obligación no tiene excepciones de ninguna naturaleza y resulta de cumplimiento imperativo para todos los conductores que circulen en todo el ámbito del ejido municipal de la ciudad.
También se contempla el tema de la alcoholemia y el consumo de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas.
En tal sentido, deberá someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol.
A ello se le suma que cada unidad deberá contar con un seguro obligatorio, que cubra eventuales daños causados a terceros, transportados o no.
En su artículo 8, la normativa contempla la obligatoriedad de la revisión técnica a los fines de acreditar que esté en condiciones reglamentarias de seguridad.
Las infracciones clasifican en leves, graves y muy graves.
El valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas U.F. cada una de las cuales equivale al mayor precio de venta al público de un litro de nafta especial.
Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta cien U.F., las graves con multa de hasta doscientas U.F. y las muy graves con multa de hasta cuatrocientas U.F.
La autoridad podrá disponer la suspensión de la licencia de conducir y/o inhabilitar temporalmente dicha licencia hasta un máximo de tres meses.